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Judiciales

Incendios en el Delta: La Corte declaró la competencia federal para intervenir en una querella contra Juan Cabandié,

Es por los dichos del ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación, quien acusó al intendente de San Nicolás de los Arrollos por los incendios en el Delta del Paraná.
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El entredicho entre ambos fue en agosto de 2022 Crédito: Imagen Ilustrativa

La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró la competencia de la justicia federal para intervenir en una querella iniciada por el intendente de San Nicolás de los Arroyos, Manuel Passaglia, contra el ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Juan Cabandié, a raíz de declaraciones realizadas en el marco de los incendios en el Delta del Paraná.

El intendente inició una acción penal a raíz de las afirmaciones formuladas por el ministro en un programa televisivo, en el que acusó -entre otros- a Passaglia por los incendios intencionales en el Delta del Paraná.

Tanto la justicia nacional como la federal se declararon incompetentes para intervenir en la causa. La primera entendió que se estaba frente a uno de los casos previstos en los artículos 116 y 117 de la Constitución Nacional (atribuciones del Poder Judicial), por encontrarse imputado un funcionario del gobierno federal. La segunda, que no había interés federal en el conflicto planteado entre los funcionarios.

Elevada la cuestión de competencia a la Corte, el tribunal, con la firma de Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, recordó que en los casos que involucran a un funcionario federal, como es el Ministro, la competencia de la justicia federal sólo está justificada si los hechos aparecen vinculados al desempeño de sus funciones.

En este sentido, indicó que los dichos de Cabandié fueron vertidos durante la vigencia de su cargo como ministro a través de un medio de comunicación masivo, y que estaban relacionados con cuestiones ambientales propias de la cartera ministerial que él dirigía. En consecuencia -concluyó el tribunal- no puede descartarse la afectación de intereses federales debido a la función pública del querellado. Así, resolvió que en la causa deberá intervenir el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N°9.

Carlos Rosenkrantz votó en disidencia, al considerar que el conflicto de competencia debe resolverlo la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal.

 

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