El lunes 12 y el martes 13 de febrero serán feriados nacionales, por la celebración del Carnaval, en lo que será el primer fin de semana "extralargo" del año. Pero además el mismo coincide con un contexto económico muy difícil y complejo, que no sólo impacta sobre el poder adquisitivo de los argentinos, sino sobre las posibilidades del turismo interno.
En ambos días, tanto el lunes 12 como el martes 13, rigen las disposiciones de un feriado nacional. En términos legales y prácticos, similar a un 25 de Mayo o a un 9 de Julio, por citar dos fechas emblemáticas que también son feriados nacionales. No obstante, los comercios y prestadores de servicios pueden abrir sus puertas, pero sin dejar de tener en cuenta las normas legales en materia laboral.
Específicamente, el Convenio Colectivo de Trabajo de los Empleados de Comercio indica que el personal puede negarse a ir a trabajar, y en ese caso no corresponde descontarle el día. En caso de que el colaborador asista a su puesto de trabajo, corresponde pagarle las horas trabajadas calculadas de acuerdo con los artículos 155 y 156 de la Ley de Contrato de Trabajo (utilizando el divisor 25). Es decir, se le debe abonar doble jornal. Por otro lado, no le corresponden horas compensatorias.