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Caso Loan: citaron a indagatoria al senador correntino Diego Pellegrini

El legislador fue señalado por Macarena Peña, prima del menor desaparecido, como el hombre que acompañó a ella y su madre a denunciar ante la justicia provincial que estaba amenazada.
Agrandar imagen El senador (derecha) junto al gobernador de Corrientes, Gustavo Valdés
El senador (derecha) junto al gobernador de Corrientes, Gustavo Valdés Crédito: Facebook Diego Pellegrini
Redacción Rafaela Noticias

Por Redacción Rafaela Noticias

“Con carácter muy urgente”, la Justicia envió un oficio a la Cámara de Senadores de Corrientes para certificar que Diego Pellegrini es senador nacional y, en ese caso, se le notifique que deberá “prestar testimonio” en el caso por la desaparición de Loan. Pellegrini deberá declarar como testigo bajo juramento de decir verdad. Como es senador, puede hacerlo por escrito, con un pliego de preguntas.

El legislador fue señalado por Macarena Peña, la hija de Laudelina, como el hombre que acompañó a ella y su madre a denunciar ante la justicia provincial que estaba amenazada y que a Loan lo habían atropellado los también detenidos Carlos Pérez y María Victoria Caillava

La jueza hizo saber que, de acuerdo al Código Procesal, Pellegrini puede declarar por escrito con un pliego de preguntas. Pero “puede renunciar a esta prerrogativa y comparecer personalmente a la sede del juzgado”.

La jueza federal Cristina Pozzer Penzo solicitó a las partes “adjunten pliego de preguntas” que quedará “reservado hasta la comparecencia presencial, virtual o declaración, según el art. 250 del CPPN para conocimiento”.

¿Qué dice el artículo 250 del Código Procesal Penal? ”No estarán obligados a comparecer el presidente y vicepresidente de la Nación; los gobernadores y vicegobernadores de provincias; el jefe y vicejefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los ministros y legisladores nacionales y provinciales; los miembros del Poder Judicial de la Nación y de las provincias; los ministros diplomáticos y cónsules generales; los oficiales superiores de las fuerzas armadas desde el grado de coronel o su equivalente, en actividad; los altos dignatarios de la Iglesia y los rectores de las universidades oficiales”.

 



Fuente: C5N
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