Este lunes, apenas pasadas las 8 de la mañana, el Tribunal conformado por la Dra. Cristina Fortunato y los Dres. Nicolás Stegmayer y Gustavo Bumaguin, encabezaron la clausura del debate en el juicio que se le sigue a Cirilo Bravo (58), acusado de darle muerte a su mujer la medianoche del 26 de octubre del 2022, en una vivienda de la localidad de Humberto Primo.
Tras tres jornadas (por la que pasaron 48 testigos) se valoró toda la prueba reunida en el caso y ahora los jueces deberán dirimir el principal contrapunto en la causa: ¿cuál fue la motivación de Bravo para darle muerte a quien fue su esposa por 36 años? Para la Fiscalía, se trató de un crimen “despiadado” como colorario de una vida de sometimiento y maltrato; la Defensa invirtió este postulado y basa su teoría en un “acto de defensa” de Bravo por la “violencia sistemática” que ejercía Zimmmermann contra él.
En lo que fue su alegato final, el Fiscal de Homicidios Martín Castellano no dudó en asegurar que el crimen fue cometido por Bravo con una clara intención femicida: “Esa madrugada, Bravo no hizo otra cosa que concretar aquello que tantas veces había anunciado” argumentó al sostener que la única pena válida es la prisión perpetua.
Es que, para la teoría fiscal, durante más de 30 años, la relación del matrimonio estuvo marcada por un trato denigrante y humillante de parte del acusado hacia su esposa, originado en una supuesta infidelidad de esta que Bravo nunca pudo superar y reflotándola en cada nueva discusión que se producía.
En esas peleas, eran recurrentes las amenazas del imputado a la víctima (tales como que “la iba a matar” o que “la iba a degollar”). En palabras del propio Castellano, concatenadas esas amenazas con la herida que acabó con la vida de Zimmermann, queda demostrada la intencionalidad de Bravo de darle muerte a su pareja.
El deceso de la mujer fue constatado de manera clínica cerca de la 1 de la madrugada, aunque la agresión ocurrió pasada la medianoche. Los peritos determinaron que Zimmermann presentaba una herida de arma blanca en la zona lateral derecha del cuello, de unos 5 centímetros de profundidad y 13 centímetros de largo.
Un dato macabro: El corte en el cuello de la víctima presenta determinadas particularidades (tres ingresos y tres salidas) que sólo se observan en la faena de animales. Esto es determinante para el Fiscal al considerar la experiencia de Bravo en la realización de trabajos en el campo durante muchos años.
Más allá de las consideraciones técnicas que realizó durante casi dos horas para fundar su postura, Castellano cerró su intervención con un pedido de autocrítica a todos los operadores del sistema judicial y político: otra mujer muere a manos de un hombre (en este caso, su pareja) en un contexto de violencia de género.
Tristemente, el caso es “típico” en su acepción más amplia: humillaciones, menosprecios, agresiones verbales y físicas, sumisión de la víctima, omisión de denuncias de la víctima por miedo al victimario y a la repercusión social y finalmente la muerte del modo en que tantas veces lo había anunciado el acusado.