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Judiciales

Menor acusado de "partícipe secundario" en el crimen de San Cristóbal: ¿cuáles fueron los fundamentos del juez para liberarlo?

En la resolución, el magistrado hizo hincapié en la especialidad y singularidad del régimen penal juvenil, tal como lo establecen la Convención de los Derechos del Niño y la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Redacción Rafaela Noticias

Por Redacción Rafaela Noticias

En una audiencia desarrollada este jueves en los tribunales de Rafaela, el Tribunal Unipersonal de Segunda Instancia, integrado por el Dr. Matías Drivet, resolvió revocar la prisión preventiva de NC, imputado como “partícipe secundario” del ataque ocurrido en la escuela Mariano Moreno de San Cristóbal. En su lugar, se dispusieron medidas alternativas combinadas con medidas socioeducativas, en línea con los principios de la justicia juvenil.

La audiencia contó con la participación del joven imputado, sus padres y defensores (Dra. Eugenia Marianela Campillay Perrig y Dr. Pedro Emiliano Bulsico), la Fiscalía (Dra. Carina Gerbaldo), querellantes, representantes del Poder Judicial y de la Dirección Penal Juvenil, y personal del establecimiento donde el adolescente se encontraba detenido.

En la resolución, el juez hizo hincapié en la especialidad y singularidad del régimen penal juvenil, tal como lo establecen la Convención de los Derechos del Niño y la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y de la Provincia. Esto implica que un adolescente debe ser considerado como un ser en desarrollo, y que cualquier restricción a su libertad requiere una doble excepcionalidad: tanto la prevista para cualquier persona en proceso penal como la derivada de su condición de menor.

El tribunal consideró que existían elementos suficientes para sostener la participación de NC en el hecho, aunque secundaria o no esencial, pero que no era posible prever que la pena privativa de libertad que pudiera corresponderle se ejecute de manera efectiva. Por ello, se optó por medidas alternativas para garantizar los fines del proceso:

  • Fijación de domicilio a más de 150 km de San Cristóbal, con un adulto referente.
  • Prohibición de acercamiento y contacto con víctimas, familiares o testigos.
  • Incorporación al Programa “Medidas Penales en Territorio” de la Dirección Provincial Penal Juvenil, con informes periódicos sobre cumplimiento.
  • Prohibición de uso de redes sociales, tanto con nombre propio como ficticio.
  • Prohibición de acercarse a la ciudad de San Cristóbal mientras duren las medidas.

Además, se dispusieron medidas socioeducativas, con la aceptación del adolescente:

  • Tratamiento vinculado a la salud mental.
  • Reincorporación al sistema educativo de manera adecuada según la Dirección Penal Juvenil.
  • Acompañamiento familiar que supervise el tratamiento de salud y la vinculación escolar.
La resolución aclara que la investigación continúa en marcha y que la situación del joven podrá reevaluarse si cambian las condiciones que motivaron estas medidas alternativas.

Con esta decisión, el tribunal buscó equilibrar la protección de los derechos del menor, las necesidades de la investigación y la prevención de nuevos riesgos, en consonancia con los estándares nacionales e internacionales de justicia juvenil.

 

Matías Drivet San Cristobal Audiencia

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