Economía

Los salarios hasta $880000 no pagarán ganancias sobre aguinaldo, según el último anuncio del Gobierno

El ministro de Economía, Sergio Massa, anunció que en la primera cuota del sueldo anual complementario (medio aguinaldo), los salarios brutos de hasta $880 mil quedarán exentos del impuesto a las Ganancias. La medida beneficiará a más de medio millón de trabajadores de todo el país, de acuerdo a los números informados por el Gobierno.

En este sentido, el decreto aún sin oficializar que aumenta la exención del inciso z del artículo 26 de la Ley de Impuesto a las Ganancias implica que los sueldos anuales complementarios estarán exentos del impuesto a las Ganancias si la remuneración mensual del trabajador no supera los $880 mil brutos, lo que equivale a diez veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
Se trata de un beneficio extraordinario por única vez para los trabajadores que pagan el impuesto a las Ganancias, con el objetivo de que recompongan el poder adquisitivo y proyectando que esta mejora del salario de bolsillo se traduce en mayor consumo y actividad económica.

Aguinaldo y Ganancias: quiénes son los beneficiados

1. ¿A cuántos trabajadores beneficia la medida?
La medida beneficia a más de medio millón de trabajadores (513.000) que se encuentran sujeto a retenciones del impuesto a las ganancias y registran salarios brutos mensuales entre $ 506.230 y $ 880.000.
2. ¿Qué porcentaje de trabajadores se ven beneficiados?
Más del 50% de trabajadores que hoy pagan el impuesto a las ganancias están alcanzados por el beneficio.
3. ¿Cuánto es el beneficio por empleado (en promedio) ?
La mejora de bolsillo promedio por empleado supera los $110 mil ($ 112.600), un incremento sobre el sueldo mensual de bolsillo del 26% (en promedio).
4. ¿Cómo se efectiviza el beneficio?
Para el caso del aguinaldo, la retención del impuesto se va calculando mes a mes. Por esto, la medida propone devolver lo retenido para estos salarios en dos cuotas mensuales, iguales y consecutivas, junto con el cobro de las remuneraciones mensuales devengadas en los meses de junio y julio.

5. ¿Cómo se identifica el beneficio?
Los empleadores deberán exponer la devolución en un renglón separado del recibo de sueldo, identificando claramente el beneficio de la medida

Fuente: IProfesional
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