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Opinión

Del ingreso a 1º año

Consideraciones sobre el ingreso a la escuela secundaria.

“ANEXO II DEL DECRETO Nº 181/09

RÉGIMEN DE EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN,ACREDITACIÓN Y PROMOCIÓN DE ALUMNOS QUE CURSAN LA EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA

 

4. Orden de prioridades para inscribir a los aspirantes:

a. Alumnos procedentes de la Escuela Primaria que funciona articuladamente y en el mismo edificio de la Escuela Secundaria.

b. Aspirantes con lazos de parentesco con el personal de la Escuela hasta con el segundo grado de consanguinidad.

c. Hermanos de alumnos pertenecientes al Establecimiento. 

d. Aspirantes en general 

En caso de que el número de inscriptos exceda el de las vacantes existentes en la escuela conforme a la cantidad de divisiones con que cuenta el establecimiento, se instrumentará el procedimiento que se detalla:

1. Las demandas se cubrirán siguiendo el orden grupal establecido precedentemente, hasta agotar las vacantes.

2. Cuando, siguiendo dicho orden de cobertura, las vacantes disponibles resultaren insuficientes para satisfacer la solicitud de inscripción del grupo al que corresponda en turno, se procederá a realizar un sorteo entre los integrantes del mismo, debiendo encontrarse presente el alumno o el adulto responsable del mismo, munido de su correspondiente documento de identidad. La presencia del alumno deberá constar en el acta del sorteo y su ausencia invalidará la inscripción.

El sorteo se realizará en el día que determine el calendario escolar. La institución educativa dispondrá el horario, que deberá notificarse fehacientemente al alumno.

e. El cupo de alumnos que se matriculará en forma definitiva estará determinado por las vacantes existentes en cada establecimiento, según lo determine la normativa vigente. 

f. No se podrán implementar pruebas de ingreso para seleccionar a los alumnos. La institución podrá tomar evaluaciones diagnósticas sólo con el objetivo de utilizar los datos recogidos para la planificación anual.

g. Con el fin de facilitar el acceso de alumnos que quedaron excluidos durante el sorteo, las Delegaciones Regionales de Educación difundirán debidamente, en el término de 48 horas, la nómina de escuelas en las cuales quedaran vacantes.

h. Cada Escuela tendrá la obligación de reinscribir a sus alumnos repitentes.”(Fuente: https://www.santafe.gov.ar/boletinoficial/recursos/boletines/27-02-2009decreto181-2009.html)

Lo transcripto en párrafos anteriores es un extracto del reglamento que rige para las Escuelas Secundarias Medias y Técnicas de toda la provincia de Santa Fe.

Como todos los años, las inscripciones a 1º año son todo un conflicto para los padres.

Desde hace varios años, las normativas que han sido fijadas por el Ministerio de Educación parecen no incluir a todos.

¿Por qué razón, todos (o una gran parte) de los padres de los alumnos de 7º grado de las escuelas de la ciudad de Rafaela debemos estar pendientes de si nuestro hijo ingresa o no a la escuela que, en muchos casos, ellos mismos eligieron para continuar su escolaridad? ¿Por qué razón tiene prioridad un alumno que ya tuvo su oportunidad (o dos o tres) de cursar primer año?

¿Decisiones políticas arbitrarias y que pretenden disfrazarse de inclusivas cuando en realidad dejan de lado a chicos que todavía no tuvieron la chance de transitar el primer año?

Las escuelas secundarias ofrecen diferentes terminalidades, las cuales en muchos casos son tenidas en cuenta a la hora de decidir cuál escuela elegir. No todas tienen las mismas opciones, entonces ¿cómo construye su trayectoria escolar un alumno que quiere estudiar arte en una escuela con orientación comercial o técnica? ¿Comienza aquí y después vemos si podemos cambiarlo? ¿Interrumpimos su camino? Porque hay adolescentes que sí tienen en claro lo que quieren construir para su futuro y su vida.

Calidad Educativa: ¿en qué parte se aplica esta palabra en esta situación? Exigir esfuerzo, responsabilidad, compromiso con uno mismo, respeto por el otro, eso también es calidad educativa. 

Me gustaría entender qué criterios se esgrimen para tomar estas decisiones ¿Vale más el esfuerzo de aquellos chicos que se preocupan, son responsables, son respetuosos de las normativas y de los otros, o las actitudes de aquellos que durante 185 días de clases no supieron o no quisieron encontrar el camino hacia el 2º año? 

“Se considera sujeto de derecho a un ideal de deberes y derechos; esto es, aquella unidad sobre la que la ley efectúa imputaciones directas, arrogándole derechos y obligaciones. Para el derecho, los únicos sujetos de derecho son las personas, que pueden ser de existencia ideal o de existencia visible.” (Fuente: https://es.wikipedia.org/wiki/Sujeto_de_derecho)

Nueva palabra que circula por todos los ámbitos educativos: SUJETO DE DERECHO. Los niños y adolescentes son SUJETOS DE DERECHO. 

Los alumnos de 7º grado también son sujetos de derecho. Tienen el derecho a ingresar a la escuela secundaria que elijan y el DEBER, la OBLIGACION de cumplir con los requisitos y las pautas que la escuela determine. 

¿Cómo es? ¿En algunos casos tenemos sólo derechos? ¿En otros casos tenemos sólo obligaciones? 

Seguramente este año, como hace varios ya, nuevamente irán al sorteo de vacantes en las escuelas secundarias los alumnos que nunca tuvieron oportunidades… ¿Esto es inclusión? ¿Esto es calidad educativa? Pero sobre todo ¿esto es igualdad de oportunidades?

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