Que consideramos que las multas aplicables deben estar en consonancia con
la gravedad de las infracciones cometidas. En este caso, la venta ilegal de
pegamentos, colas, adhesivos de contacto o similares, que contengan en su
composición tolueno o xileno, o sus derivados y compuestos, impacta directamente
sobre el bienestar de la población rafaelina, afectando negativamente el bienestar y
desarrollo armónico tanto individual como de la comunidad en su conjunto.-
Que en nuestra ciudad es motivo de una justificada preocupación el
incremento de la cantidad de menores que inician un camino de adicciones
peligrosas a partir de la aspiración de pegamento, con el consiguiente perjuicio para
su salud.-
Que entendemos que este Cuerpo Legislativo debe velar por el bienestar de
la población, para lo que es necesario generar herramientas jurídicas e
institucionales que permitan la vigilancia por parte del Estado para el cumplimento de
tal fin.-