Finalmente, la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral de la Quinta Circunscripción Judicial, dictó su veredicto, en el marco de la causa que se le sigue a la Municipalidad de Sunchales, en relación a las condiciones del predio de disposición de residuos de la vecina ciudad.
El fallo al que tuvo acceso Rafaela Noticias, se rechazan los recursos de nulidad y apelación interpuestos por el Municipio sunchalense a la sentencia dictada el 5 de agosto por la Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Rafaela.
En la parte resolutiva de la sentencia, los jueves Lorenzetti, Hail y Alvarez Tremea resolvieron Intimar a la Municipalidad de Sunchales para que adopte “todas las medidas tendientes a agilizar la culminación del procedimiento administrativo tramitado por ante el Ministerio de Ambiente y Cambio Climático de la Provincia de Santa Fe que tiene por objeto la construcción y puesta en funcionamiento del nuevo predio de disposición final de residuos”.
Asismimo, deberá arbitrar todos los medios que se encuentren a su alcance para informar periódica y públicamente a la población sobre todo lo actuado.
Además de obligar al municipio vecino a publicar la sentencia en este portal de noticias, también dispone que el Ministerio de Ambiente y Cambio Climático de la Provincia agilice la tramitación y culminación del procedimiento administrativo que se sigue para la construcción y puesta en funcionamiento del nuevo predio de disposición final de residuos propuesto por el gobierno sunchalense (Conocido como “Complejo Ambiental Sunchales”).
Así como también le requiere al organismo provincial un “informe pormenorizado acerca del estado actual del trámite aludido en el punto que antecede, especificando cuáles son los requisitos o procedimientos pendientes para la culminación, así como la fecha estimada de finalización”.
De la misma manera, la sentencia establece que el ministerio deberá presentar una copia de la certificación de aptitud ambiental y/o aprobación del proyecto de la nueva planta de tratamiento, así como un informe respecto del eventual procedimiento administrativo que se Ministerio haya promovido o promoviere con el objeto de ejecutar la recomposición ambiental en el actual predio de disposición final de residuos.
Para el caso en que por cualquier motivo no se apruebe el proyecto de la nueva planta de tratamiento de residuos actualmente en trámite de autorización por ante el Ministerio, la justicia estableció que se presente un informe detallado de los motivos que funden la no aprobación y -en caso de existir- alternativas previstas para ejecutar la obra en otro inmueble o bajo otras condiciones.
El fallo que se conoció en las últimas horas también incluye al Concejo Deliberante de la ciudad de Sunchales ya que se lo exhorta a que adopte “todas las medidas que se encuentren bajo su esfera de competencia tendientes a agilizar y concretar el proyecto de construcción y puesta en funcionamiento del nuevo predio de disposición final de residuos propuesto por la demandada (“Complejo Ambiental Sunchales”), así como para la posterior recomposición ambiental del predio actual”.
En la misma sintonía, se le pide al legislativo de Sunchales que recabe “la totalidad de la información que resulte de interés para los ciudadanos de la localidad de Sunchales sobre la temática en debate y, una vez obtenidos dichos datos, se les imprima la mayor difusión posible dentro de los canales con que cuente el Concejo Deliberante con el objeto de que puedan ser conocidos por la población afectada”.
En el último apartado de la sentencia, también se le encomienda al Juzgado de Primera Instancia a cargo de esta causa el “estricto y periódico control de lo ordenado”, tanto por la primera sentencia dictada en agosto de este año como en la presente resolución.