A fines de octubre del año pasado el Concejo Municipal sancionó la ordenanza 5423, que preveía la donación del denominado Predio de la Flor al Estado provincial, una manzana estratégicamente ubicada, delimitada por Bv. Roca, Bécquer, Rivadavia y Hermanos Marellli. La transferencia del inmueble, según se determinó, tenía un cargo concreto: la cosntrucción del edificio propio del Concejo Municipal, así como de un Centro de Justicia Penal y dependencias del Poder Ejecutivo provincial y municipal, quedando en manos del gobierno de la provincia el compromiso de llevar adelante la construcción y afectación de los mismos.
Sin embargo, la transferencia, a menos de un año de sancionada la ordenanza mencionada, está a punto de caerse. En la práctica, ya puede considerarse caída. Es que una de las condiciones establecidas en la ordenanza no se cumplió.
La historia
El debate por el tema del uso que se le dará al Predio ocupó años. El gobierno de Hermes Binner había pedido en 2009 la transferencia del inmueble, e incluso presentó una de las famosas maquetas que nunca se ejecutaron. El proyecto -elaborado por la entonces esposa de Binner, Silvana Codina, en conjunto con el afamado arquitecto Mario Corea, autor de varios proyectos muy importantes durante la gestión socialista en Rosario- preveía la construcción de un edificio destinado a ser un "Centro Cívico" que fuera sede del Nodo Regional.
Binner y el entonces intendente Omar Perotti nunca se pusieron de acuerdo: ya venían enfrentados por otros temas. A Binner le pedían por el acueducto, el centro de radioterapia y obras viales y el gobernador -que, con visión de futuro, veía en Perotti al intendente que podía proyectarse políticamente para disputarle el poder al socialismo en la provincia- respondía proponiendo hacer un nuevo Hospital (y pidiendo lotes que la Municipalidad no tenía, sobre la RN 34, razón de otra interminable discusión que recién se zanjó cuando Bonfatti aceptó que el predio se ubicara en otro lugar que no fuera la RN 34) y el Centro Cívico que la ciudad no pedía.
Perotti, por su parte, no cedía ni un metro cuadrado a la provincia gobernada por el socialismo y no quiso que el municipio transfiriera ese predio. Los años pasaron, Perotti fue gobernador, heredó el proyecto del Hospital y le dio impulso, y pensó -ahora en la vereda de enfrente- en el predio de la flor como un buen lugar para construir allí un Centro de Justicia Penal que la región necesita con premura, dada las limitaciones que tiene el actual edificio de Tribunales, inaugurado en la década del '70.
El requisito incumplible
Nuevamente surgieron las discusiones, hubo trabas en el Concejo y un debate que siguió prolongándose, hasta la sanción de la ordenanza mencionada. Pero la oposición introdujo un punto, en esa negociación no exenta de zancadillas, que ahora resulta clave.
El artículo 4° establece que la donación se efectuó con los siguientes cargos:
- El donatario ejecutará en las fracciones donadas la construcción y emplazamiento del edificio del Concejo Municipal, dependencias del Poder Judicial provicnial y dependencias del Departamento Ejecutivo Municipal. A su vez, el donatario tendrá a su exclusivo cago la realización del anteproyecto; proyecto ejecutivo con legajo y pliegos para la licitación y ejecución; dirección y conducción de la obra; costas del proceso licitatorio; costas de materiales y mano de obra correspondientes a la ejecución y costos administrativos, así como cualquier otro gasto que surja de la obra.
La totalidad de las edificaciones deberán estar concluidas en un plazo no mayor a diez años de la promulgación de la ordenanza. - El donatario efectuará la licitación por la totalidad de la obra, correspondiente al edificio del Concejo, dependencias del Poder Judicial y del DEM.
- La superficie destinada al Concejo deberá ser no menor a mil metros cuadrados cubiertos.
- Para el DEM la superficie cubierta será de no menos de 2.500 metros cuadrados.
- Deben considerarse, además ,espacios de estacionamiento, estudio de ingeniería de tránsito y categorización de la obra.
Sin embargo, el punto decisivo es el inciso F del artículo cuarto. El mismo establece taxativamente: "la obra descripta deberá ser licitada y adjudicada ANTES del 1 de diciembre de 2023".
Este requisito, como todos los anteriores citados, es de cumplimiento obligatorio. No respetarlo implica "dejar sin efecto la donación, restituyéndose el predio al dominio municipal".
Hasta el momento no se conoce ningún proyecto ejecutivo definitivo. Tampoco se ha informado sobre ningún estudio de ingeniería de tránsito. Y mucho menos se ha llamado a licitación. En el contexto de la situación actual, donde prácticamente ninguna empresa acepta encarar obras de la magnitud de inversión que requeriría un proyecto semejante; más el hecho de que la provincia está restringiendo el ritmo de las obras públicas ya contratadas en función de la caída de recursos que está sufriendo, es imposible pensar que se cumpla el plazo del primero de diciembre para tener licitada y adjudicada la obra. Ya preverla para el año que viene sería aventurado, sin contar con que este domingo puede decidirse el cambio de signo político en el gobierno de la provincia.
En el Concejo se da como un hecho que el convenio está caído y que a fin de año el predio de la flor, una vez más, volverá al dominio municipal. Sin embargo, hay alternativas. Por ejemplo: prorrogar los plazos definidos por la ordenanza. Bastaria una simple corrección al inciso F, con una prórroga de un año, y el tema quedaría salvado. Pero en mucho dependerá también de lo que suceda el domingo, con la nueva relación de fuerzas y poder que quede definido tras el acto electoral.