La actividad de los deliverys ha crecido notablemente en la ciudad en los últimos años, haciendo una explosión sobre todo durante el período de aislamiento en la pandemia. Potenciado además por el funcionamiento de una aplicación que desembarcó en el país en el 2010 con 35 mil repartidores. En Rafaela no es sencillo acceder al número exacto de jóvenes que integran dicha aplicación, pero se habla de aproximadamente 300 repartidores, no encontrándose en su totalidad activos, dado que pueden dejar la actividad momentáneamente y luego retomarla. Pero no todos los deliverys son quienes trabajan para esta aplicación, sino que además se suman otros que pertenecen a comercios, los cuales también vienen en crecimiento, y así se puede ver en las calles de la ciudad.
Ante un tránsito cada vez más álgido en Rafaela, con varios accidentes diarios que incluyen principalmente a motociclistas, el concejal Mondino de Juntos por el Cambio, presentó una Minuta de Comunicación en la cual solicita que el Municipio incorpore a los deliverys a la campaña "Quién Pierde?" para hacer un trabajo de concientización respecto al uso del casco y demás normas de protección que deben tener quienes realizan esta actividad en la vía pública. Pero esta ocasión es propicia para preguntarse, cuál es la normativa actual que rige el trabajo de los deliverys, si la misma se encuentra actualizada, si es aplicable y si llega a cumplirse.
La ordenanza vigente es la 3.972 que fue aprobada por el Concejo Municipal en el 2005, hace 23 años atrás, cuando los legisladores hablaban del delivery como "una nueva modalidad de servicios que comenzó siendo exclusivamente reparto de comidas o trámites" para extenderse a otros rubros como "farmacias, videoclubes (ya no existen) y muchos otros". En ese momento el servicio no estaba regulado a través de una norma municipal, por lo que los concejales (entre los que estaba el actual Intendente Luis Castellano) entendieron la necesidad de dejar escritas "las pautas que deberá cumplir la actividad en los aspectos de seguridad, inscripción comercial y obligaciones tributarias, encuadrándola como una actividad específica". "Que, en los últimos años, este tipo de servicio se ha incrementado de modo singular y que a raíz de la celeridad necesaria para las entregas a domicilio, los conductores ponen en serio riesgo sus vidas y las de otras personas", expresa la norma vigente. Es decir que ya hace 20 años, se empezaba a vislumbrar la necesidad de ordenar lo vinculado al tránsito de este sector.
Los requisitos para los deliverys en Rafaela (establecidos hace dos décadas y que siguen vigentes porque la norma no fue modificada) tienen que ver por un lado con lo que sería una revisión técnica vehícular para las motos, donde el municipio debe evaluar "los aspectos técnicos y estructurales de los vehículos a utilizar para aceptar la incorporación de los mismos al servicio". Algo que debe renovarse todos los años (recordemos que los remises tienen un sistema similar pero cada 6 meses). "En caso de aprobación, la Dirección de Control Público o la que la reemplace en el futuro, identificará el vehículo autorizado mediante una clave que contendrá el número de dominio del rodado, y toda otra información que considere pertinente. Para ello entregará 2 obleas identificatorias por cada vehículo, las que deberán colocarse en lugares claramente visibles", agrega otro de los artículos mencionado un requisito más. Mientras que existe una exigencia más: "contar con libreta sanitaria otorgada por organismo competente".
Según pudo averiguar este medio con diferentes trabajadores que desarrollan el trabajo de delivery, ninguna de estas tres condiciones que tiene la ordenanza actual se encuentran siendo exigencias reales a la hora de trabajar en la calle: no hay libreta sanitaria, no hay revisión técnica y no hay oblea. Motivo por el cual la ordenanza merece ser revisada, para corroborar su nivel de aplicabilidad y en todo caso, sino proponer una mejor. Cabe aclarar que aquí se hace mención a normas propias del servicio de delivery, pero en la ordenanza también se hace mención a otros requisitos que se comparten con el resto de los motociclistas, como por ejemplo tener licencia de conducir y seguro, por ejemplo. Aunque curiosamente no menciona el tema del uso del casco, por ejemplo. Aunque seguramente al ser esto una exigencia de una ley superior como la Ley Nacional de Tránsito para los motociclistas, podría darse por hecho que está entre los requisitos.
La normativa del 2005 tiene otra parte que se refiere específicamente al traslado de alimentos o comida elaborada (el gran auge de un tiempo a esta parte) donde menciona las condiciones que debe tener la "caja conservadora". Por ejemplo que tiene que estar "colocada en la parte trasera del vehículo, fijada y/o atada al mismo 'de tal manera que ello impida que pueda caerse o desprenderse durante la circulación". Algo que en el último tiempo ya no se utiliza ya que fue cambiado -en algunos casos- por una mochila que es llevada en el cuerpo. Pero además, la ordenanza habla de que esas "conservadoras" deben tener "una inspección sanitaria realizada por personal competente, el que procederá a identificar la caja habilitada mediante la colocación en la misma de un "rótulo sanitario", el que tendrá una vigencia idéntica a la credencial habilitante". Ese "rótulo" sanitario es el que no se ve en la actualidad colocado.
A la luz de los hechos, resulta evidente que es necesario revisar la legislación vigente que tiene casi 20 años, para "modernizar" la regulación de una actividad que creció enormemente, que se diversificó y que es una fuente de ingreso importante para muchas personas. No tiene ningún sentido tener una norma "muerta" que no se aplica y que si se la aplicaría tal como está, posiblemente un mínimo porcentaje de los deliverys podría seguir trabajando. Legislativo y ejecutivo lo primero que deben acordar es qué condiciones mínimas de seguridad son necesarias para realizar la actividad de reparto en la vía pública, y avanzar sobre una normativa aplicable que no deje afuera a la opinión del sector. Y luego hacerla cumplir, dando un tiempo para adecuación a la misma, dado que hoy por momentos da la sensación que la calle termina siendo una jungla sin normas claras. No porque no las haya, sino porque no se conocen, son poco aplicables y quedaron anacrónicas.
Para otra discusión quedará el tema laboral, el cual ya debe ser regido por leyes nacionales y poco tiene para hacer el Estado local en esto. Sobre todo hablando del nivel de informalidad que tiene el rubro. Por ejemplo, como ya se dijo, es casi imposible saber cuántos son en realidad en Rafaela quienes trabajan de deliverys. RAFAELA NOTICIAS confirmó que ninguno de ellos está agremiado en el Centro Empleados de Comercio, que es el sindicato que les corresponde. En muchos casos, con suerte, son anotados como monotributistas - y no empleados en relación de dependencia- y en otros tantos casos se trata de trabajo en negro, con las implicancias sociales que eso tiene: sin obra social, jubilación, vacaciones pagas, etc. Tarea de legislación que deben emprender desde otro nivel del Estado para brindar protección a este sector del mercado laboral.
A continuación se anexa entrevista a un trabajador de la aplicación de deliverys que funciona en la ciudad
¿Qué requisitos se piden para ingresar a trabajar?
-Un monotributo, una cuenta o cbu, ser mayor de edad, vehículo (indispensable). En caso de ser moto solicitan papeles al día, carnet, etc.
¿Cuántas horas se trabaja y hay algún horario límite? ¿Cuáles son los horarios donde más se trabaja?
- Elige uno cuánto trabajar, dependiendo del nivel en el que te encuentres. Los Raiders, así se los llama, van subiendo de nivel a medida que cumplen y meten horas. Generalmente los horarios son desde 14 hs, en adelante. Hay varios durante el día. Tengo entendido que de noche se trabaja más, fines de semana y feriados. Eso suma mucho a la hora de subir de nivel.
¿Se conoce en Rafaela cuántos son los que trabajan para la aplicación?
- Supieron agregarme a un grupo donde había casi 300 personas. No todos activos. Repito, uno trabaja cuando quiere. Puede desertar un mes y volver al siguiente y así.
¿Qué sucede si les pasa algo en la calle? ¿Hay algún seguro laboral? ¿Tienen obra social?
- Si, por el monotributo, lo exigen.
La caja donde llevan los productos, la tiene que inspeccionar alguien de la municipalidad antes de que la empiecen a usar? ¿Le ponen alguna faja de autorizada?
- No, pero tienen las condiciones para transportar alimentos. Y la aplicación, está autorizada por el municipio a trabajar, así que directamente con nosotros no (tienen contacto desde el Municipio), pero a ellos (la empresa) los habilitaron.
¿Les exigen libreta sanitaria?
- No
¿Tienen alguna credencial identificatoria firmada por el municipio?
- No