En una audiencia de medidas cautelares celebrada este miércoles en los Tribunales de Rafaela, el juez de I.P.P. Gustavo Bumaguin dispuso la libertad de Marcos Javier Vale (56), imputado por lesiones leves dolosas tras haber vertido un psicotrópico en la bebida de su compañero en un taller mecánico de Frontera. Aunque la Fiscalía solicitó prisión preventiva, la Justicia hizo lugar a las medidas alternativas propuestas por la defensa.
Tal como publicó Rafaela Noticias, el incidente ocurrió el pasado 6 de agosto a las 7:55 de la mañana en una empresa metalúrgica ubicada sobre Calle 5, en la ciudad de Frontera. Según la reconstrucción de la Fiscalía, Vale aprovechó una ausencia de cinco minutos de la víctima para manipular su recipiente de mate.
Al regresar y beber, el damnificado sintió un sabor y olor anómalos, seguido de náuseas, confusión y dificultad para hablar (síntomas descritos por testigos como semejantes a los de un ACV). La víctima fue internada en un sanatorio de San Francisco y dada de alta al día siguiente.
Un registro fílmico de las cámaras de seguridad del taller constató el momento en que el imputado se aproximó al puesto de trabajo de su compañero y realizó ademanes sobre el mate. En un allanamiento posterior en el domicilio de Vale, la policía secuestró un gotero con Clonazepam al 25%. Las pericias iniciales señalan que la disputa habría iniciado por diferencias salariales.
El fiscal Pedro Machado, al hacer uso de la palabra, reclamó a Bumagin que se le imponga a Vale la prisión preventiva sin plazos entendiendo que existió premeditación y un peligro potencial gravísimo debido al manejo de maquinaria pesada en el lugar de trabajo. Asimismo, estimó una pena en expectativa de 6 meses a 2 años de prisión efectiva.
Por su parte, la defensa, que en este acto fue ejercida por el Dr. Carlos Farías Demaldé, argumentó que se trató de una "broma de mal gusto" en el marco de celos profesionales y enfatizó que el informe médico forense no constató lesiones persistentes ni riesgo de vida. Aseguró que los riesgos procesales estaban cautelados al haberse secuestrado los elementos de prueba y tomado las declaraciones pertinentes.
El magistrado, a la hora de fundamentar su resolución, fundamentó que, si bien la autoría y el hecho están acreditados, el debate jurídico radica en la entidad de la lesión producida y la posibilidad de una futura condena condicional. Al no existir peligro de fuga ni entorpecimiento probatorio, el juez rechazó la prisión preventiva y concedió la libertad bajo el cumplimiento de reglas de conducta tales como fijar domicilio en San Francisco y firma semanal en la comisaría jurisdiccional. Además, le impuso una prohibición absoluta de acercamiento y contacto con la víctima y testigos. También, aceptó la desvinculación laboral formal de la empresa para evitar compartir espacio de trabajo (ofrecido por el propio imputado) y le fijó una caución personal a fin de garantizar la sujeción al proceso.