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Judiciales

La Corte suprema confirmó la condena contra José López

El exsecretario de Obras Públicas de la Nación había sido condenado por enriquecimiento ilícito y portación de armas. Fue detenido con más de 8 millones de dólares en bolsos que arrojó en un convento en la Pcia. de Buenos Aires.
Agrandar imagen Lopez fue condenado en 2017, 2019 y en 2020.
Lopez fue condenado en 2017, 2019 y en 2020.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó hoy una serie de recursos presentados por José Francisco López, exsecretario de Obras Públicas, condenado por los delitos de enriquecimiento ilícito y portación ilegal de arma de fuego.

En la primera de las causas, el 12 de junio de 2019 el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 1 de la Capital condenó a López a seis años de prisión, multa del 60% del valor del enriquecimiento e inhabilitación absoluta y perpetua.

El tribunal además resolvió decomisar U$S 8.982.047, € 153.610, $ 159.114 y los relojes marca Rolex modelo Oyster Perpetual y marca Omega, modelo Speed, oportunamente incautados; montos y valores que fueron puestos a disposición del Hospital de Pediatría Servicio de Atención Médica Integral para la Comunidad “Prof. Dr. Juan Pedro Garrahan” y del Hospital de Niños Ricardo Gutiérrez, en partes iguales, con el fin de que ambas instituciones hospitalarias puedan satisfacer sus necesidades prioritarias de asistencia médica, insumos para la atención de los pacientes, aparatología e investigación; ello en aras a brindar a lo incautado un fin concreto de utilidad pública. También se decomisó un inmueble ubicado en la calle Belgrano 1018 de la localidad de Dique Luján, Tigre, provincia de Buenos Aires.

En ese expediente se investigó el hallazgo de bolsos con dinero en el marco de un procedimiento policial ocurrido el 14 de junio de 2016 en el Monasterio Nuestra Señora del Rosario de Fátima, ubicado en General Rodríguez, provincia de Buenos Aires, en el que también tuvo lugar el secuestro de un arma de fuego, hecho por el cual López fue condenado el 21 de octubre de 2017 a un año y siete meses de prisión por el juzgado correccional N° 3 de Mercedes (CSJ 1872/2020/RH1 López, José Francisco s/queja -causa n 132030).

En la causa se estableció que López incrementó su patrimonio de manera apreciable, en forma ilícita e injustificada, cuando estuvo a cargo de la Secretaría de Obras Públicas dependiente del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación, entre el 28 de mayo de 2003 y el 9 de diciembre de 2015. Esa conclusión fue producto de la discrepancia advertida entre el patrimonio declarado por López a partir de la remuneración percibida como funcionario público frente al evidenciado luego de su detención -ocurrida el 14 de junio de 2016 en el Monasterio “Nuestra Señora de Fátima”.

Asimismo, se estableció que el enriquecimiento de López se materializó también por la compra y refacción de una finca ubicada en la localidad de Dique Luján-, que contó con la colaboración de su esposa María Amalia Díaz y que se valió de Andrés Enrique Galera y de Eduardo Gutiérrez, los que actuaron como interpósitas personas. Los tres también fueron condenados por el delito de enriquecimiento ilícito.

El 1° de septiembre de 2020 el Tribunal Oral N° 1 dispuso la unificación de condenas, imponiéndole a López la pena de siete años y medio de prisión, multa del 60% del valor del enriquecimiento, inhabilitación absoluta perpetua e inhabilitación especial para portar y tener armas por el plazo de tres años y dos meses, comprensiva de la pena impuesta en el marco de la presente causa y de la condena que se le aplicara por el juzgado de Mercedes (CFP 12441/2008/TO01/23/1/1/RH 25 López, José Francisco s/incidente de recurso extraordinario).

La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó los planteos de todos los condenados por el tribunal oral. Por su parte, la Sala I de la Cámara de Apelación y Garantías de Mercedes rechazó el planteo contra la sentencia del juzgado de aquella localidad.

Llegados los casos hasta el Máximo Tribunal, la Corte, con la firma de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, desestimó todos los planteos.

 

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