La Fiscalía la imputó por tentativa de homicidio agravado tras clavarle un cuchillo en el cuello a su conviviente en barrio Villa Podio. Sin embargo, la reconstrucción de los hechos y un historial de 12 años de sometimiento dieron un giro radical a la causa durante la audiencia de medidas cautelares.
Lo que comenzó en la madrugada del pasado lunes en una vivienda de barrio Villa Podio como una emergencia médica de extrema gravedad, terminó en los tribunales locales con un fallo que marca un precedente sobre cómo la Justicia evalúa las situaciones de límite y supervivencia.
Yamila Gómez, de 30 años, llegó a la audiencia de medidas cautelares imputada por homicidio doloso agravado por el vínculo en grado de tentativa. La acusación fiscal era severa: le atribuía haber tomado un cuchillo Tramontina y asestarle una puñalada en el cuello a su pareja de 32 años, provocándole una herida profunda que comprometió la tráquea y obligó a una compleja derivación médica desde el Hospital Dr. Jaime Ferré hacia el Hospital Cullen. Para la Fiscalía, si el hombre no murió fue únicamente por la rapidez del SIES 107 y los médicos. La pena en juego oscilaba entre los 10 y 15 años de prisión.
Sin embargo, al momento de resolver, el Juez dispuso la libertad de la mujer. La clave del vuelco judicial no estuvo en negar la gravedad de la herida, sino en entender cómo y por qué se produjo.
Forcejeo, violencia y supervivencia: la reconstrucción crucial
Durante la audiencia, la defensa a cargo de la Dra. Amalia Casina detalló la secuencia exacta de esa madrugada. Gómez recién regresaba de trabajar —siendo el único sostén económico del hogar— cuando se encontró con su pareja, quien había estado consumiendo alcohol y sustancias durante todo el día.
La discusión comenzó cuando el hombre le exigió dinero para continuar consumiendo. La tensión escaló rápidamente: el sujeto la tomó del cabello, la golpeó y fue él quien primero tomó el cuchillo de la cocina.
Fue en ese instante cuando la mujer lo sujetó de la mano para evitar ser atacada. Durante el forcejeo por el arma en un espacio reducido, el cuchillo terminó hiriendo al hombre en el cuello.
Para el magistrado, el cuadro no se encuadró en una intención de matar, sino en un acto de legítima defensa. En su valoración legal primaron dos factores:
El primero habló de una "agresión ilegítima": la mujer no inició el ataque, sino que reaccionó ante un peligro real e inminente provocado por el hombre armado. “¿Qué otra cosa podía hacer ante un hombre borracho, drogado y con un cuchillo en la mano?”, se preguntó la defensora.
El otro pilar considerado por el juez fue que, en medio de un forcejeo físico contra alguien que la superaba o la amenazaba con un arma, utilizó el recurso que tenía a su alcance para frenar la agresión y salvar su propia vida.
El trasfondo: 12 años de sometimiento
La resolución no aisló lo ocurrido esa madrugada del contexto general. La defensa expuso que el episodio fue el corolario de 12 años de violencia sistemática y control extremo ejercido por la víctima. Se detallaron conductas de aislamiento, control de lo que cobraba, prohibición del uso de redes sociales, le revisaba la ropa interior y un constante acoso por celos.
Con todos estos elementos sobre la mesa, el Juez entendió que la acción de la imputada no fue un delito, sino la respuesta de quien se defiende en el último eslabón de una cadena de agresiones, ordenando su libertad.