En una nueva instancia del proceso judicial que enfrenta a organizaciones ambientalistas con la Municipalidad de Rafaela y los productores rurales, el juez Matías Colón, del Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da Nominación, emitió una resolución de ejecución de sentencia que marca una hoja de ruta estricta para el poder político local.
El magistrado busca garantizar que el fallo original de 2023 no quede en "buenas intenciones", estableciendo plazos concretos y convocando a la comunidad científica y educativa de la ciudad para abordar las problemáticas ambientales pendientes.
El Concejo, bajo la lupa por los fitosanitarios
Uno de los puntos más sensibles de la resolución es el límite para las fumigaciones periurbanas. Ante la nulidad del límite de 50 metros establecido en la Ordenanza 5.331, el juez recordó que rige el límite de 200 metros de la normativa anterior.
En este sentido, advirtió que el Concejo Municipal aún no ha iniciado el debate legislativo para sancionar una nueva norma que se ajuste a los estándares de protección ambiental. Por ello, otorgó un plazo de 180 días para que el cuerpo legislativo informe sobre los planes y avances para cumplir con esta manda judicial.
Ciencia y educación para las barreras forestales
Respecto a la implantación de barreras forestales, la justicia decidió dar un giro técnico ante las dificultades reportadas. Se ha ordenado la intervención de la "Comisión para el Estudio de Fitosanitarios y Producciones Alternativas".
Además, la resolución invita formalmente a las universidades locales (UTN, UNRaf y UCSE) y a los centros de estudiantes de escuelas secundarias para que participen con su visión técnica y ciudadana. El objetivo es que la solución a las derivas de agroquímicos tenga un respaldo científico plural.
Un plan contra los microbasurales
El juez también puso el foco en la gestión de residuos, específicamente en los microbasurales que proliferan en zonas periurbanas. La Municipalidad deberá presentar, en un plazo de 180 días, un informe técnico que identifique estos focos críticos y proponga soluciones definitivas, tales como la instalación de centros de acopio o contenedores de reciclaje.
Audiencias públicas y transparencia
Finalmente, el fallo establece que en un periodo de 12 meses se deberán realizar audiencias públicas. Estas instancias servirán para que el municipio rinda cuentas ante la ciudadanía sobre los progresos realizados, enmarcado en el derecho al acceso a la información ambiental que garantiza el Acuerdo de Escazú.
Por el momento, el único punto que se dio por cumplido satisfactoriamente fue la capacitación de los agentes municipales bajo la Ley Yolanda, lo que indica que, aunque hay formación teórica, el juzgado ahora exige resultados prácticos y tangibles en el territorio.