El juez de Segunda Instancia, Cristian Fiz, resolvió revocar la prisión preventiva sin plazos que venían cumpliendo Joaquín Chávez (19) y Facundo Sánchez (23). Ambos jóvenes están imputados por la violenta entradera ocurrida en marzo pasado en una vivienda de calle Los Fresnos, en el barrio Álamos del Aero Club, donde se alzaron con un millón de pesos y un cheque por 33 millones de pesos.
La resolución del camarista se dio este lunes en el marco de una audiencia de apelación de la que Rafaela Noticias participó en exclusiva. En la misma, el abogado defensor Carlos Farías Demaldé solicitó la libertad de sus pupilos argumentando que la medida cautelar impuesta en primera instancia por el juez Javier Bottero había perdido proporcionalidad, debido a que la investigación penal ya se encuentra concluida y con la acusación presentada.
Los argumentos que fundamentaron la oposición fiscal
La fiscal de la causa, María Cecilia Doro, rechazó de forma tajante la solicitud de la defensa. La representante del Ministerio Público de la Acusación (MPA) remarcó la necesidad de proteger el testimonio de la víctima y enfatizó la gravedad y violencia del hecho, cometido con armas de fuego calibre .22.
Asimismo, la funcionaria judicial argumentó que las alternativas ofrecidas no alcanzaban a cautelar los riesgos procesales y adelantó que el pedido de pena en la acusación es de 4 años y 6 meses de prisión, lo que implica una ejecución de cumplimiento efectivo.
Lo que terminó resolviendo el juez
Al momento de dictar el fallo, el juez Fiz señaló que la materialidad del hecho, la calificación penal y la autoría de los implicados no estuvieron en discusión en esta etapa. El magistrado descartó el peligro de fuga y centró el análisis en el riesgo de entorpecimiento probatorio.
El camarista consideró que, al estar la investigación cerrada y próxima a la etapa de juicio oral, la prisión preventiva se encuentra agotada. Según el juez, los riesgos remanentes pueden ser contenidos mediante medidas menos gravosas, determinando que la prohibición de acercamiento y de residencia en la ciudad neutralizan cualquier tipo de amedrentamiento hacia la víctima.
Fiz hizo lugar al recurso de la defensa y ordenó la libertad bajo el cumplimiento de fijar domicilio alternativo en San Cristóbal y San Justo, la prohibición absoluta de ingresar a la ciudad de Rafaela, la prohibición de portar armas y firmar quincenalmente en la comisaría de la jurisdicción donde residan.