Este martes, en el marco de un mega operativo, que comenzó a las 06 horas, y que incluyó el cierre de todas las arterias aledañas a Tribunales, se llevó a cabo la audiencia de medida cautelar, en la que se encuentran imputados, quienes conformarían la banda de Evelio Ramallo, alias “Yiyo”.
En cada balacera registrada en la ciudad, siempre los caminos conducían a Ramallo, y su banda en Rafaela. Pero esto quedó demostrado, o al menos, es lo que sostiene Fiscalía, luego de una larga investigación, que hoy cuenta con miles de hojas conformando un voluminoso expediente, y con la detención de 11 acusados. Los encargados de desandar toda la trama fueron los fiscales Nicolás Stegmayer, Gabriela Lema y Fabiana Bertero.
Sicarios relacionados a Los Monos, el pago de $150.000 para matar y una banda que actuó totalmente organizada, con roles y objetivos claros, mantuvieron en jaque a la seguridad local por varios meses.
Hoy, con la captura de la mayoría de sus miembros, quedó en evidencia la impunidad de Ramallo en cada penal donde es trasladado, y el gran poder económico en el que se regocija, utilizándolo para eliminar a sus enemigos y consolidar su negocio.
El pasado viernes, a Ramallo y su banda les endilgaron la comisión de 15 hechos violentos, entre los que se destacan la muerte de Rudy Leonel González, Miguel Ángel Mendoza y Marcelo Ariel Sánchez.
Conocidos estos hechos, este martes se ampliaron las pruebas y se conocieron aún más detalles de la banda. Entre las pruebas aportadas a la causa, los fiscales reprodujeron un audio de Ramallo, con el objetivo de graficar la “impunidad y desprecio hacia la vida humana”. El mismo decía, “Que se preparen porque voy a seguir haciendo plata y la voy a seguir usando para matar gente. Solo me van a parar si me matan’’
En otros fragmentos de los argumentos de los Fiscales, leyeron algunos mensajes en los que “yiyo” manifestaba: "Soy millonario gracias a Dios, estoy en mi mejor tiempo, y a cada penal donde voy siempre termino rescatando", haciendo referencia a que siempre consigue alguna línea telefónica para continuar al mando de la banda, y dar las instrucciones.
“Que se note que es un ajuste de cuentas, que somos mafia”, reza en otro mensaje enviado a uno de los contratados para llevar adelante uno de los hechos violentos.
“Yiyo” millonario y un bono por dar en la cara de las víctimas:
Uno de los modus operandi que se ventiló en la audiencia, tiene que ver con el precio que Ramallo pone a la vida de sus enemigos y que las mujeres, en su mayoría, eran utilizadas como entregadoras. Él mismo pagaba la suma de $150.000 a sicarios de la ciudad de Rosario, y además un bono de $50.000 si los proyectiles impactaban en el rostro de las víctimas. Además, los sicarios en Rafaela tenían todo incluido, todo corría a cuenta de la banda. Remises desde Rosario, hospedaje en Rafaela, comida, armas y hasta vehículos a su disposición, con el único objetivo de matar a quienes les señalaban. El hospedaje, o aguantadero, la mayoría de las veces era en la casa de la “gringa Jara”, quien se ocupaba de ellos, de marcar casas y hasta de cocinarles, para que estén a gusto.
En varios tramos se habló de las grandes sumas de dinero que manejaban y utilizaban para diferentes compras, como carribares, dólares, quintas y la construcción de piletas, sumado a lo abonado a cada uno de los sicarios contratados, y toda la logística alrededor de ellos para que no les falte nada
Los ‘’gatos’’ de Ramallo:
Así llaman a aquellos que hacen lo que Ramallo les dice, “por dos mangos”, aseguran testigos que prestaron declaración en la causa. Estos también, son los encargados de “cuidar” a los sicarios, y “hacer punta” en moto, es decir ir delante de los contratados con el objetivo de que no surja inconveniente alguno.
En cada orden a ''Yiyo'' se le informaba toda la secuencia, como iban, en que, ‘’si le daban o no‘’, y esperaban por nuevas órdenes.
Con una gran cantidad de evidencias, y una audiencia que superó las 12 horas, la banda de “Yiyo” quedó detenida con prisión preventiva sin plazo y dos de las mujeres con hijos menores de edad, cumplirán la medida en sus domicilios. La Dra. Fortunato fue la Jueza de la causa y claramente la saga parece continuar, por el momento, 11 ya se encuentran detenidos,
Hechos imputados el día viernes:
Hecho Nº 1
El día 01 de agosto de 2021 -o días precedentes-, “Yiyo”, en su calidad de Jefe de una asociación ilícita, y mediante el pago de una suma de dinero, determinó -al menos- a un masculino aún no individualizado, a que diera muerte a A. C. o persona alguna de su núcleo familiar.
Producto de la determinación ocasionada por Ramallo, el masculino aún no individualizado se hizo presente el día 01 de agosto de 2021, aproximadamente entre las 22 y 23h en el domicilio, conduciendo una motocicleta color negra y llevando consigo un arma de fuego. Una vez posicionado frente al domicilio, el autor efectuó aproximadamente diez disparos dirigidos contra la humanidad de J. C., quién se encontraba arriba de su auto, estacionado sobre la vereda. Los sucesivos disparos impactaron en la campera de la víctima y su automóvil, sin causarle la muerte por motivos ajenos a la voluntad de los coautores.
Hecho Nº2:
Evelio Horacio Ramallo, como jefe de una asociación ilícita y mediante el pago de una suma de dinero, indujo ó determinó a por lo menos tres personas aún no identificadas para que el día 3 de Agosto de 2021, aproximadamente a las 21:30 hs. dieran muerte a Ruddi Leonel Gonzalez disparando a la víctima con un arma de fuego calibre 9 mm. En la ocasión, los autores de desplazaron a bordo del automóvil marca Ford, modelo Ecosport, propiedad de la imputada Eunice T. y aportado por ésta para el hecho, hasta las inmediaciones de calle Brigadier López y su intersección con Zaffetti de la ciudad de Rafaela, descendieron del vehículo y se dirigieron hacia la vivienda de la víctima. En el lugar fueron atendidos por S. G. a quien preguntaron por Ruddi Leonel Gonzalez, informando ésta que se encontraba en la vereda del frente, en un pasillo que permite el acceso a viviendas internas. Allí los autores sorprendieron a la víctima en el momento en que ésta caminaba por el pasillo en cuestión hacia la vereda y le efectuaron cinco disparos a escasa distancia, dirigidos al torso, con un arma de fuego calibre 9 mm, luego se retiraron a la carrera, abordando nuevamente el vehículo propiedad de la imputada y dándose a la fuga con el mismo.
Hecho Nº3:
“Yiyo”, como jefe de una asociación ilícita y mediante el pago de una suma de dinero, indujo ó determinó a Sergio S, y a Laureano A. para que el día 23 de octubre de 2021, aproximadamente a las 0:00 hs. dieran muerte a E. R. En la ocasión los menores se presentaron en calle Zafetti de Rafaela, más precisamente en el pasillo que da acceso a la vivienda, portando sendas armas de fuego -la que portaban en condiciones de inmediato uso y sin la debida autorización legal- con las que dispararon a la víctima E. R., no logrando darle muerte debido a que una de las armas, una pistola Bersa se trabó, permitiendo de este modo que la víctima se fugara del lugar.
Hecho Nº4
Evelio Horacio Ramallo, como jefe de una asociación ilícita, indujo ó determinó a dos personas aún no identificadas para que el día 21 de diciembre de 2021, aproximadamente a las 22:15 hs. dieran muerte a Miguel Angel Mendoza y a Marcelo Ariel Sanchez, disparando a las víctimas con un arma de fuego calibre 38. En dicha oportunidad, Marcelo Ariel Sanchez y Miguel Angel Mendoza se desplazaron a bordo del automóvil Fiat modelo Spacio-T de color blanco conducido por Sanchez, haciéndolo por calle Destéfani de Norte a Sur de la ciudad de Rafaela. Detrás de ellos, persiguiéndolos, circulaba la motocicleta marca Honda modelo CB1, sin dominio colocado, de color negro, en la que se conducían los autores del hecho. Al llegar a la intersección de Destefani con Edison el Fiat Spacio aminoró la marcha y fue alcanzado por la motocicleta Honda CB1. El conductor de la motocicleta se posicionó a la par del Fiat Spacio, por el lado derecho y el acompañante efectuó varios disparos con el arma de fuego calibre 38 hacia zonas vitales del cuerpo de los ocupantes del automóvil. Los proyectiles ingresaron a través de la ventanilla abierta de lado del acompañante, e impactaron en la persona de Miguel Angel Mendoza y Marcelo Ariel Sanchez provocándoles la muerte.
Hecho Nº5:
El día 03 de febrero de 2022 -o días precedentes, “Yiyo”, en su calidad de Jefe de una asociación ilícita y mediante el pago de una suma de dinero, determinó a Kevin C, -menor de edad al momento del hecho-, Ezequiel L. y otras tres personas aún no individualizadas, a que dieran muerte al Sr. E. G.
Producto de la determinación ocasionada por Ramallo; Kevin, Ezequiel, y los coautores aún no individualizados -previo acuerdo y distribución de los roles que cada uno de ellos desarrollaría- se hicieron presentes el día 03 de febrero de 2022, aproximadamente a la 01hs, en el domicilio de la víctima. Ezquiel arribó al lugar del hecho en primer término, a bordo de una motocicleta e ingresó al domicilio simulando una visita amistosa, con la real vocación de individualizar con precisión el domicilio objeto del plan delictivo. Luego de ello, Kevin y los demás coautores, arribaron al lugar conduciendo un automóvil. El conductor aguardó dentro del auto, mientras Kevin y dos de los autores, descendieron del vehículo llevando consigo armas de fuego en sus manos, abordaron a F. B y forcejearon con él. Seguidamente, uno de los coautores no individualizados efectuó dos disparos de arma de fuego que impactaron en las piernas de la víctima, uno en cada una de ellas. A continuación, Kevin apuntó el arma de fuego en la cabeza de la víctima y efectuó un tercer disparo. Un movimiento oportuno de la víctima -encorvando su cuerpo- evitó que éste último disparo impacte en su cráneo. No obstante, a pesar del esfuerzo realizado por la víctima, el proyectil ingresó en la región escapular derecha. Cada uno de los disparos, causaron heridas penetrantes en la víctima que, por motivos ajenos a la voluntad de los coautores, no lograron ocasionarle la muerte.
Hecho Nº6:
En fecha 05 de febrero de 2022, o días precedentes, “Yiyo”, en su calidad de Jefe de una asociación ilícita, determinó mediante el pago de una suma dineraria, a un masculino aún no individualizado, a que realizara actos intimidatorios contra M. S. y su hijo, con la finalidad de que éste último cambie contra su voluntad la declaración que había vertido como testigo en una causa. Para ello, en la fecha precitada a las 17:30 horas, cuando la víctima se dirigía conduciendo una motocicleta por calle Pellegrini al pasar la intersección con calle 3 de Febrero; se le colocó a la par una moto conducida por un hombre no individualizado aún, quien le manifestó “decile a tu hijo que cambie la declaración porque te vamos a matar a vos también”, y luego el masculino se retiró del lugar.
Posteriormente, a las 2:00 horas, aproximadamente, del día siguiente; la víctima se encontraba junto a su hijo y amigos; en una quinta; y en esa oportunidad personas no individualizadas aún; que fueron determinadas por Ramallo para amedrentar a las víctimas con la finalidad de que modifiquen su declaración; dispararon desde la parte de atrás del patio de la vivienda hacia adentro del domicilio, mientras uno de los tiradores gritaba “cambien la declaración”; efectuando unos cinco o seis disparos de los cuales uno impactó en la ventana rompiendo los vidrios y otro en la pared cerca del techo; por lo que las víctimas debieron arrojarse al suelo y permanecieron en el interior de la casa hasta que el personal policial llegó al lugar.
Hecho Nº 7:
El día 06 de febrero de 2022 -o días precedentes, “Yiyo”, en su calidad de Jefe de una asociación ilícita, mediante el pago de una suma de dinero, determinó a dos personas aún no individualizadas, a que dieran muerte al Sr. P. G.
Los autores no individualizados, previo acuerdo y distribución de los roles se hicieron presentes el día 06 de febrero de 2022, aproximadamente a las 03.15h, en calle Córdoba, entre Necochea y Las Heras. Al advertir la presencia de la víctima, uno de los coautores lo abordó llevando consigo un arma de fuego en sus manos, mientras el otro aguardaba a bordo a una motocicleta. El primero de ellos efectuó entre 4 y 6 disparos hacia la humanidad de la víctima, dos de los cuales impactaron en el cuerpo, uno a nivel del hombro derecho, y otro a nivel lumbar, sin causarle la muerte por motivos ajenos a la voluntad de los coautores.
Hecho Nº 8:
Evelio Horacio Ramallo alias “Yiyo”, como jefe de una asociación ilícita y mediante el pago de una suma de dinero, indujo ó determinó a Tomas Julián L, y a otra persona aún no identificada, para que dieran muerte a algún miembro de la familia de S. G. Con dicha determinación, el día 9 de febrero de 2022, aproximadamente a las 21:00 hs. Tomas L. arribó al domicilio de Avenida Los Inmigrantes de la localidad de Bella Italia lugar en que habitaba S. G y su familia, haciéndolo a bordo de una motocicleta tipo CG conducida por una persona aún no identificada. Descendió de la moto y se acercó a la reja que forma el cerramiento del frente de la vivienda. En esos instantes, T. P. descendió del auto, saludó a uno de los acusados y éste le preguntó ¿acá vive Nicolás” ó ¿está Nicolás?, a lo que T. P. respondió que sí. El tirador retrocedió unos pasos y comenzó a disparar el arma de fuego calibre 9 mm que portaba sin la debida autorización legal hacia zonas vitales del cuerpo de la víctima. Producto de los primeros impactos la víctima cayó al suelo y Tomás L. continuó disparandole, no logrando darle muerte por causas ajenas a su voluntad.
En fecha que no se puede precisar pero ubicable un mes y medio antes del 09/02/2022, a la hora de la siesta, Evelio Horacio Ramallo se comunicó telefónicamente con S. G. y lo amedrentó diciéndole que iba a matar a toda su familia uno por uno, ello a fin de obligarlo a vender droga para el imputado. Asimismo, dos o tres días después de ocurrido el hecho que tuviera como víctima a T. P. esto es del 09/02/2022, Evelio Horacio Ramallo se comunicó telefónicamente con S. G. con el fin de infundirle temor para obligarlo a que él y su familia abandonen el lugar de residencia habitual, diciéndole “te salvaste por un ratito que te enganchen a vos, porque a vos todos los tiros te iban a pegar en la cara” y que si quería que deje de pegarle tiros a él y a su familia debían entregarle las escrituras de las propiedades y dejar las casas abiertas, que él después se encargaba de todo.
Hecho Nº 9:
Ramallo como jefe de una asociación ilícita, indujo ó determinó a Ezequiel L. y a otra persona aún no identificada, mediante el pago de una suma de dinero, para que el día 14 de febrero de 2022, aproximadamente a las 22:40 hs. amedrentaran a B. M. a fin de obligarlo a entregar bienes de su propiedad -auto y moto- a Ramallo. Para tal fin, el acusado condujo la motocicleta Honda XR, llevando como acompañante a una persona aún no identificada, hasta el domicilio de Emilio Galassi lugar dónde se encontraba la víctima junto a su madre, su hermana, y una niña de 1 año. El autor aún no identificado se dirigió hasta el portón de ingreso a la vivienda y preguntó por el señalado, respondiendo su madre que el mismo no se encontraba por lo que dijo “voy a matar a tu hijo” e intentó ingresar a la cocina de la vivienda, no logrando su cometido. Seguidamente, la persona aún no identificada efectuó un primer disparo con un arma de fuego 9 mm hacia la puerta de ingreso a la vivienda, el que impactó en el borde derecho a unos 50 centímetros de altura, y varios disparos más que impactaron en distintos lugares de la propiedad, todo ello a fin de infundir temor en la víctima y así lograr la disposición patrimonial pretendida
Hecho Nº 10:
El día 20 de febrero de 2022 -o días precedentes, “Yiyo”, en su calidad de Jefe de una asociación ilícita y mediante la entrega de sumas de dinero, determinó a Tomás L. menor de edad al momento del hecho- y otro masculino aún no individualizado, a que dieran muerte al Sr. L. V.
Producto de la determinación ocasionada por Ramallo; los tiradores, aún no individualizado, previo acuerdo y distribución de los roles que cada uno de ellos desarrollaría, se hicieron presentes el día 20 de febrero de 2022, aproximadamente a las 21hs, en el domicilio de la víctima, a bordo de una motocicleta tipo cross modelo XR de color rojo, y al observar que se encontraban en la vereda del domicilio la víctima, junto a otros jóvenes, efectuaron varios disparos con el arma de fuego que llevaban consigo, en dirección hacia ellos, con pleno conocimiento del peligro. Producto de los disparos que impactaron en las víctimas, L. V. sufrió dos heridas de arma de fuego, más precisamente en línea axilar anterior de tórax izquierdo y en cara lateral derecho de cuadriceps y, otro de los jóvenes, sufrió tres heridas de arma de fuego, más precisamente en el codo derecho, en lado inferior de antebrazo derecho y en cara posterior del cuadriceps derecho pero, por motivos ajenos a la voluntad de los coautores, no lograron ocasionarle la muerte.
Hecho Nº 11:
En fecha aún no determinable, pero con anterioridad al día 23 de febrero de 2022, Lucas R. le profirió dichos amenazantes a la Sra. V. S. mediante la red social Instagram. Concretamente le manifestó que “iba a matar desde el más chico al mas grande”, refiriendo a la familia de la víctima, con fines de amedrentarla y causándole temor
En fecha aún no determinable, pero con anterioridad al día 23 de febrero de 2022 Ramallo, amenazó a la Sra. V. S. mediante un llamado de whatsapp. Concretamente, le exigió que vendiera estupefacientes para él o le entregara sumas de dinero en moneda extranjera; anunciándole que en caso de no hacerlo, atentaría contra su vida.
Asimismo, en fecha 25 de febrero de 2022, y a partir de las 19h, Ramallo nuevamente le profirió reiterados dichos amenazantes a la Sra. V S. mediante la red social Facebook Messenger. Todo ello, con fines de amedrentarla y causándole temor.
El día 23 de febrero de 2022 -o días precedentes-, Ramallo, en su calidad de Jefe de una asociación ilícita y mediante la entrega de sumas de dinero, determinó a dos personas aún no individualizadas, a que dieran muerte a M. S.
Los autores no individualizados, se hicieron presentes el día 23 de febrero de 2022, aproximadamente a las 10.30h, en calle Gardel, circulando en una motocicleta. Al advertir la presencia de la víctima, quien se encontraba conversando con otro sujeto, en la vereda del mencionado domicilio, los coautores efectuaron entre 12 y 20 disparos con dirección a la humanidad de las víctimas, sin ocasionar dicho resultado por motivos ajenos a la voluntad de los coautores.