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Un "plan para matar" y una disputa entre hinchas detrás del ataque en barrio 9 de Julio: acusados con prisión preventiva, la mujer con domiciliaria

En una audiencia que se extendió durante poco más de tres horas en la Sala 3 de la Oficina de Gestión Judicial de Rafaela, el juez Nicolás Guillermo Stegmayer resolvió hacer lugar al pedido del fiscal Martín Castellano y dictó la prisión preventiva para Fernando Antonio Saavedra, Maximiliano Nicolás Montarzino y Débora Mariana Montenegro, imputados por el ataque armado ocurrido el 29 de marzo de 2025 en la esquina de Lamadrid y Bolívar, que dejó gravemente heridos a dos jóvenes.
La investigación atribuye a los acusados los delitos de tentativa de homicidio doloso agravado por el uso de arma de fuego, en calidad de coautores o partícipes, mientras que a Saavedra también se le imputó la portación ilegítima de un arma de guerra, agravada por registrar una condena previa.

La acusación: "Existió un plan para matar"

Al comenzar su exposición, el fiscal Castellano solicitó la prisión preventiva de los tres acusados al considerar acreditados los requisitos establecidos por el artículo 220 del Código Procesal Penal.
Sostuvo que la existencia del hecho quedó demostrada mediante los informes policiales, las llamadas al 911, las actuaciones realizadas en el Hospital Jaime Ferré, la inspección ocular y los secuestros efectuados en el lugar del ataque.
Recordó que las víctimas recibieron heridas de arma de fuego de extrema gravedad, con disparos dirigidos hacia zonas vitales del cuerpo y con capacidad objetiva para causarles la muerte, desenlace que no ocurrió únicamente por la rápida asistencia médica.
Uno de los jóvenes sufrió una lesión medular que le provocó paraplejia irreversible en los miembros inferiores, mientras que el otro recibió un impacto en el hueso coxal.
En el lugar fueron secuestradas nueve vainas servidas calibre 9 milímetros y la pericia determinó que los disparos fueron efectuados desde una distancia aproximada de 38 metros.
Posteriormente, durante un allanamiento en el domicilio que compartían Montarzino y Montenegro, los investigadores secuestraron una pistola FM Browning calibre 9 milímetros semiautomática, cuya pericia balística concluyó que fue la misma utilizada en el ataque.

La reconstrucción de la Fiscalía: insultos con hinchas

Uno de los ejes centrales de la acusación fue la reconstrucción del recorrido realizado por la camioneta Renault Duster mediante cámaras públicas y privadas.
Según expuso Castellano, alrededor de las 2:10 de la madrugada, la camioneta conducida por Montarzino, con Montenegro como acompañante, pasó por la esquina de Bolívar y Lamadrid, donde se encontraba reunido un grupo de jóvenes presuntamente vinculado a la hinchada de 9 de Julio. Allí se habría producido un intercambio de insultos e incluso el lanzamiento de una piedra contra el vehículo.
Lejos de terminar allí, la situación derivó, según la Fiscalía, en un plan organizado.
Las cámaras registraron que cerca de las 2:13, la camioneta llegó hasta una vivienda de calle Operto al 60, donde residía Fernando Saavedra. Permaneció allí algunos minutos.
Luego, entre las 2:40 y las 2:46, el vehículo regresó nuevamente al domicilio y se produjo un cambio de posiciones dentro del rodado: Montenegro pasó a conducir, Saavedra ocupó el asiento del acompañante y Montarzino se ubicó detrás.
Finalmente, alrededor de las 2:55, la camioneta estacionó nuevamente en inmediaciones de Lamadrid y Bolívar. Según la reconstrucción oficial, Saavedra descendió, caminó por la vereda y efectuó los disparos, detectados por los destellos registrados en las cámaras de seguridad.
Tras el ataque, el vehículo emprendió la retirada por distintas calles hasta llegar, entre las 3:03 y las 3:07, al domicilio de Jaime Ferré y avenida Italia, donde residían Montarzino y Montenegro.

Los roles atribuidos a cada imputado

Durante su alegato, Castellano detalló el papel que, a criterio de la investigación, desempeñó cada acusado.
Respecto de Fernando Saavedra, sostuvo que fue el autor material de los disparos. Recordó que cumplía una condena anterior de siete años y que al momento del ataque gozaba de salidas transitorias. También señaló que una de las víctimas describió al tirador y mencionó un tatuaje debajo de la oreja derecha, dato que —según la Fiscalía— coincidió con la fisonomía del imputado. Además, indicó que en la investigación se secuestró un guante negro con características compatibles con el observado en las imágenes.
Sobre Maximiliano Montarzino, afirmó que fue quien diseñó, coordinó y ejecutó el plan, aportó el arma y controló toda la maniobra desde el vehículo. Agregó que alquilaba la vivienda donde residía Saavedra durante sus salidas transitorias y que era quien habitualmente lo retiraba de la unidad penitenciaria.
En cuanto a Débora Montenegro, la Fiscalía le atribuyó un aporte indispensable para concretar el ataque, al participar del traslado y asumir la conducción del vehículo en la etapa final del recorrido.
Castellano también destacó que el análisis de los teléfonos celulares mostró un abrupto corte de comunicaciones entre Montarzino y Montenegro durante el lapso en que ocurrió el ataque, circunstancia que interpretó como compatible con que ambos permanecieron juntos.
Asimismo, sostuvo que la declaración espontánea brindada por Montenegro presentaba contradicciones con la reconstrucción objetiva realizada mediante cámaras de seguridad.
En cuanto a los riesgos procesales, el fiscal afirmó que la pena en expectativa supera ampliamente los cinco años de prisión efectiva, que Saavedra y Montarzino registran antecedentes condenatorios y que existe riesgo tanto de fuga como de entorpecimiento de la investigación.

La defensa de Montarzino: no aparece en las cámaras

La defensora oficial Victoria Romano rechazó la hipótesis acusatoria.
Afirmó que la Fiscalía pretende presentar a Montarzino como el ideólogo de un plan homicida sin contar con evidencia suficiente.
Señaló que su defendido no aparece en las cámaras participando del ataque y sostuvo que la única secuencia en la que se lo observa corresponde al momento en que salió en vehículo porque su hija pequeña no podía dormir.
También cuestionó la teoría de que el móvil del ataque estuviera relacionado con conflictos entre hinchadas.
"La Fiscalía dice que es un conflicto con la barra de 9 de Julio, pero las propias víctimas manifestaron que no tenían conflictos con nadie y tampoco con Montarzino", argumentó.
Romano sostuvo además que el informe sobre los teléfonos celulares no constituye una pericia técnica sino un informe confeccionado por personal de la propia Fiscalía y remarcó que su asistido siempre permaneció en Rafaela, entregó voluntariamente la clave de su teléfono celular y colaboró con la investigación durante todo el proceso.
Por ello pidió que recuperara la libertad o, subsidiariamente, que se le impusieran medidas alternativas.

La defensa de Saavedra: ningún testigo lo identificó directamente

El abogado José María Silvela también solicitó el rechazo del pedido de prisión preventiva.
Reconoció la gravedad del ataque, pero afirmó que no existe evidencia suficiente para sostener que su defendido fue quien disparó.
Remarcó que Saavedra no aparece en ninguna cámara de seguridad, que ningún testigo lo identificó directamente y que la única referencia concreta surge de la declaración de Montenegro.
También sostuvo que el arma fue encontrada en otro domicilio y no en poder de su cliente, cuestionó el valor probatorio del guante secuestrado y afirmó que se trata de un elemento de uso común sobre el cual no existe una pericia que lo vincule directamente con el hecho.

La defensa de Montenegro: trabajo estable y madre

Por su parte, el abogado Carlos Luis Farías Demalde sostuvo que la investigación siempre se desarrolló con su defendida en libertad y que no existen riesgos procesales que justifiquen una medida cautelar tan gravosa.
Indicó que Montenegro tiene trabajo estable, madre de seis hijos, propietaria de una vivienda y de un salón de eventos, circunstancias que —a su entender— acreditan un fuerte arraigo.
Negó que existan elementos suficientes para atribuirle participación penal en el ataque y, de manera subsidiaria, solicitó que en caso de rechazarse la libertad se dispusiera una prisión preventiva domiciliaria.

La resolución del juez

Luego de escuchar a todas las partes, el juez Nicolás Stegmayer entendió que la evidencia reunida hasta el momento permite sostener, con el grado de probabilidad exigido para esta etapa del proceso, la participación de los tres imputados.
El magistrado destacó la coherencia de la reconstrucción realizada por la Fiscalía a partir de las cámaras de seguridad, la prueba balística, los testimonios y demás evidencias incorporadas.
También señaló que tanto Montarzino como Saavedra cuentan con antecedentes penales y consideró acreditado el riesgo de fuga y de entorpecimiento procesal.
En consecuencia, resolvió dictar la prisión preventiva por el plazo de ley para Fernando Saavedra y Maximiliano Montarzino, mientras que Débora Montenegro cumplirá la medida bajo la modalidad de prisión preventiva domiciliaria en su vivienda.

BARRIO 9 DE JULIO

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