La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó los importes mínimos desde los cuales bancos y billeteras virtuales deben reportar transacciones, saldos y consumos de sus clientes, a partir del 1 de enero de 2025.
El cambio responde a una actualización automática semestral basada en el Índice de Precios al Consumidor (IPC), según lo establece la Resolución General 5512/2024.
Detalles de los nuevos límites:
A partir de enero, las entidades deberán informar las siguientes operaciones solo si superan los valores indicados:
- $600.000 : Total de consumos con tarjetas de débito.Movimientos totales en billeteras virtuales (ingresos y egresos).
- $1.000.000 : Acreditaciones bancarias totales en el mes.Depósitos a plazo fijo realizados durante el mes.Extracciones en efectivo, tanto nacionales como internacionales. Saldos finales en cuentas bancarias y billeteras virtuales al cierre de cada mes.
- $2.000.000 : Transferencias bancarias o virtuales realizadas desde billeteras que exceden este monto.
Impacto para los consumidores
El ajuste no implica cambios directos para los usuarios, ya que solo afecta a las obligaciones de las entidades financieras y plataformas digitales en su régimen informativo.