Este martes 9 de enero, el secretario general de AMRA, Dr. Eduardo Taboada, solicitó al Ministerio de Trabajo de la Provincia la apertura de la negociación paritaria para 2024.
En relación a la paritaria 2023, “les recordamos que, con la publicación del índice de inflación relativo a diciembre pasado, los haberes posteriores incluirán el debido aumento basado en la cláusula gatillo”, publicaron en redes sociales.
En esa publicación, hicieron visibles las pautas salariales y condiciones de los trabajadores:
En primer lugar, solicitan proteger el salario de los profesionales con un aumento no menor a la inflación esperada, “con la posibilidad de usar herramientas que den garantías atento a la complejidad del año en curso, como cláusulas de actualización automáticas y reaperturas periódicas. Los incrementos deben ser de carácter remunerativos:
- Al Sueldo básico
- Incremento del grado al 10% del Básico
- Incremento del adicional Jerarquización Profesional al 80% del Básico
- Conversión del ftem 0431/22 en Bonificable.
- Actualización de adicionales de Guardia activa. Guardia activa emergencias. APS. Médico rural. etc. (34% adeudado del año 2020).
- Equiparación salarial de monotributistas.
- Incorporación del adicional Guardia Activa de Emergencia a los profesionales del SET.
- Reconocimiento a los directores de SAMCo, cargo de director 44hs y suplemento (Homologado a subdirectores de Hospitales de autogestión).
CONDICIONES DE TRABAJO
- Determinar la Planta Provincial Definitiva.
- Desprecarización laboral: continuidad a los pases a planta permanente de Interinos, contratados y monotributistas que fueron acordados en las paritarias 2021 y 2023.
- Entrega de Ropa de Trabajo.
- Estricto cumplimiento de la ley 13.197 creando los cargos específicos de los profesionales con tareas diferentes.
- Creación de los Cargos de Jefatura de Servicio pendientes: hasta tanto se llame a concurso de cargos (incluidos los de dirección), solicitamos que la designación se realice conforme al Decreto 1759/18.
- Médicos de Policía: garantizar su efectiva presencia y la debida realización de las tareas que le son inherentes a los mismos y no al resto del personal profesional de salud. Delimitar las funciones del profesional de salud pública, dependiente del Ministerio de Salud ante el hipotético caso de ausencia de médicos de policía. Examen y constatación de los pacientes.
- Aplicación efectiva del Decreto 1759/18 que, en su artículo 2. aprobó el "Sistema de Movilidad de Profesionales Ley 9282, dependientes del Ministerio de Salud" y en su artículo 3 el "Régimen de suplencias para profesionales 9282": Urgente creación del escalafón correspondiente.
- Proveer a cada ambulancia existente, de recurso humano (mínimo chofer y médico). equipamiento e insumos necesarios.
- Dar continuidad a la mesa técnica mensual con el área de Recursos Humanos del Ministerio de Salud para dar respuesta a temas puntuales.
- Crear una Comisión Técnica para adecuar el Régimen de Licencias y Franquicias (Decreto 1919/89) a los profesionales de la Salud Ley 9282.
- Crear una Comisión Técnica de seguimiento y tratamiento de problemáticas específicas para los trabajadores profesionales de la salud que se desempeñan en el SET pudiéndose organizar dicho servicio ajustándolo a las necesidades sanitarias de los distintos lugares de la Provincia de Santa Fe.
- Resolución ministerial y utilización del reglamento de "Horas en disponibilidad" acordado en la paritaria 2013.
- Crear Comisión Técnica para regularización del cómputo del Sueldo Especial establecido para los profesionales de la salud que se desempeñan en el lAPOS.
- Crear Comisión Técnica para regularización del cómputo de la incompatibilidad establecida para los profesionales de la salud que se desempeñan en la ASSAL.
- Es condición sine qua non incorporar lo resuelto en dichas mesas técnicas en el acta paritaria correspondiente.